¿Cuánto se Cobra por Accidente Laboral?

Al padecer de un accidente laboral, independientemente de su tipo, te ves en el derecho de guardar reposo y recibir una prestación monetaria durante el tiempo de tu baja. Así que, si te ves en esta engorrosa situación, debes saber cuánto se cobra en este tipo de casos.

¿Cuánto se cobra estando de baja por accidente laboral?

Un accidente de trabajo es todo aquel que se genere dentro o fuera de la empresa durante el tiempo de la jornada laboral.

Incluso, cubre los accidentes cuando se está de camino al trabajo o a una actividad extra planificada por el empleador. Así que, ante este tipo de situación, debes saber que seguirás recibiendo una prestación monetaria.

En este tipo de casos, cuando se genera un accidente de este tipo, la regulación de las leyes españolas estipula que el trabajador afectado cobrará un 75% de su base de cotización. Específicamente de la base del mes que haya antecedido a su reposo por el incidente.

Por lo tanto, el monto a cobrar puede variar según cada empleado y su situación actual al respecto de la cotización.

En caso de que el trabajador que haya resultado afectado sea nuevo, el monto a entregarlo deberá ser calculado según la base reguladora del primer mes en el que haya iniciado en la empresa.

¿Cuánto se cobra estando de baja por incapacidad temporal?

Ahora bien, existen circunstancias en las que también deberás tomarte un tiempo de reposo a causa de una incapacidad temporal. Esta es una situación en la que te puedes ver envuelto si has tenido un accidente que ha resultado ser no laboral o si te encuentras enfermo.

Ante este tipo de situación, el monto a cobrar es distinto. Lo primero que debes saber es que el monto de la prestación lo comenzarás a recibir a partir del cuarto día de la baja.

En lo que respecta a la cantidad monetaria exacta, la misma será del 60% a partir del día número cuatro hasta el día número 20. Si has superado este tiempo, debes saber que a partir del día número 21 y hasta que dure tu baja el monto será del 75% correspondiente a la base reguladora.

Debido a la modalidad bajo la cual se realizan estos cálculos y sus tiempos correspondientes, es fundamental que le informes a la compañía de tu incapacidad temporal lo más pronto posible.

Base reguladora de las prestaciones ¿cómo se calcula?

Al momento de recibir las prestaciones debido a tu baja laboral te encontrarás recibiendo una cantidad de dinero bastante específica. La misma suele ser calculada bajo una base reguladora particular que también varía según el tipo de accidente o enfermedad.

En caso de que estemos hablando de un accidente laboral, se sumará la base de tu cotización por contingencias correspondiente al mes anterior y la cotización correspondiente a las horas extraordinarias.

Tiempo mínimo cotizado para cobrar por accidente laboral

Muchos empleados temen que su tiempo de cotización en la Seguridad Social no sea el suficiente para cobrar las prestaciones monetarias ante un accidente laboral. Por suerte, debes saber que esto es algo que no interferirá para nada en este tipo de casos.

En el caso de los accidentes laborales específicamente, no se requiere un mínimo de tiempo de cotización.

Estamos ante una contingencia laboral que puede surgir en cualquier momento sin que nadie se lo espere. Por ello, este no es un requisito en estos casos, a diferencia de cómo sí lo es con la incapacidad temporal.

Se cobran pagas extraordinarias estando de baja laboral

Otra de las dudas ante este tipo de circunstancia tiene que ver con las pagas extraordinarias. Por suerte, si te encuentras de baja por un caso de accidente laboral, podrás seguir cobrando las pagas extraordinarias sin ninguna falta.

No obstante, para esto, deberás cumplir con un tiempo de cotización mínimo de al menos 180 días en la Seguridad Social en el plazo de los últimos cinco años.

Sin duda, se trata de un tema que el gobierno español mantiene en orden y en constante funcionamiento. Por lo tanto, no tendrás que preocuparte, pues siempre que se verifique que has padecido de un accidente laboral, recibirás ayuda monetaria

Te puede interesar estos artículos relacionados:

F. José

Autor del blog

Soy autor de este blog por mi afición a la lectura y mi trabajo como agente de seguro en Estados Unidos y Latinoamérica. Sobre Mí.